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ALTA VOLUNTARIADO 2024

DERECHOS y DEBERES de los/as voluntarios/as


Las personas voluntarias tienen los siguientes derechos y deberes cuando desarrollen sus funciones en el marco de un programa de acción voluntaria organizada.



DERECHOS de los/las VOLUNTARIO/AS:

- Trato no discriminatorio, respeto a su libertad, dignidad, intimidad y creencias y orientación sexual.

- A recibir información, orientación, formación y apoyo permanente, además de, los recursos materiales, así como de acreditación identificativa, que se consideren imprescindibles para la mejor realización de la actividad voluntaria encargada, por parte de la entidad.

- A realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad, accesibilidad, higiene y salud en función de la naturaleza y características de aquella. Estar asegurado mediante una póliza de seguro ante posibles accidentes y enfermedades derivados del ejercicio de la actividad voluntaria.

- A participar activamente en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de actuación de la entidad.

- Obtener respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución.

Ser reembolsado por los gastos causados por el desempeño de su actividad, siempre que hayan sido previamente autorizados por la entidad de voluntariado, de acuerdo con el programa en el que estén adscritos y, en su caso, de lo pactado en el acuerdo de incorporación.

- A que sus datos de carácter personal sean tratados y protegidos de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

- A cesar en su condición de personas voluntarias. A elegir libremente la acción o programa en el cual quieren desarrollar su acción de voluntariado, así como el horario o jornada en el que lo desarrollarán, dentro de las posibilidades del programa o actividad.


DEBERES de los/las VOLUNTARIO/AS:

- Conocer y cumplir con los compromisos adquiridos con la entidad, respetando los fines y la normativa de la misma.

- Confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.

- Rechazar cualquier contraprestación material que pudiera recibir del beneficiario o de otras personas relacionadas con su acción voluntaria.

- Respetar los derechos de los beneficiarios de su actividad voluntaria.

- Actuar de forma diligente y responsable y solidaria, no utilizar la acción de voluntariado con fines propios o intimidatorios, ni para cualquier otro fin distinto al específicamente determinado para la acción que va a desarrollar.

- Participar en las tareas formativas y en las que se precise para mantener la calidad de los servicios que se presten.

- Conocer, respetar y seguir las instrucciones adecuadas para el desarrollo de las actividades encomendadas.

- Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la entidad, aportar la documentación acreditativa cuando cese como voluntario/a. 

- Respetar y cuidar los recursos materiales que se utilicen.

Cumplir las medidas de seguridad, salud, protección y tratamiento que se adopten.

- Notificar a la entidad de voluntariado su renuncia con suficiente antelación, para que puedan adoptarse las medidas necesarias para evitar perjuicios a la actividad en la que participen.




Referencia bibliográfica

Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 14 de mayo de 2018, núm. 91, artículo 13 y 14. [consultado el 19 de marzo de 2020]. Disponible en: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/91/